Estoy de baja y no me han pagado

Sufrir una baja laboral por incapacidad temporal es algo que nos puede pasar a todos. Por suerte, tenemos un sistema de protección social que protege nuestros ingresos si eso sucede, el cual tiene sus normas y condiciones.

Estar de baja y no cobrar podría suponer un grave perjuicio para nuestra economía, precisamente en un momento en el que no estamos en condiciones de gestionar reclamaciones. Si estás de baja y no te han pagado, tienes un problema importante. Si quieres saber cómo reaccionar ante situaciones como esa, en este artículo te lo contamos todo.

Estoy de baja y no he cobrado la paga

Imaginemos que has tenido que coger una baja en tu trabajo por incapacidad temporal. Da igual si es por una gripe, porque te has roto una pierna o por cualquier otra enfermedad común.

Estar de baja ya de por sí no es una situación agradable, así que lo último que esperas es que se produzca un impago de tu nómina. Cobrar la baja es algo que puede tener tres responsables posibles: la empresa para la que trabajas, la Seguridad Social (INSS) o la mutua. No hay más opciones.

La Seguridad Social no me ha pagado la baja

Si te encontraras en la lamentable situación de no haber cobrado tu paga, lo primero que debes plantearte es si esta es la primera vez que ocurre algo así. ¿Has estado enfermo antes y tampoco te pagaron cuando tocaba? ¿De quién fue la culpa? Eso te dará algunas pistas de qué puede haber ocurrido en esta ocasión.

Sin duda, si esto de no cobrar estando de baja (o cobrar más tarde de cuando corresponde) te ha ocurrido varias veces, probablemente sea responsabilidad de tu empresa. Por desgracia, hay mucho empresario chapucero o con cierta maldad, que se salta las normas por dejadez o intencionadamente. Por suerte para ti, esto es algo que tiene solución.

El INSS no me ha pagado

A ver, aclaremos conceptos. La Seguridad Social no siempre es la encargada de pagar tu pensión por incapacidad temporal. A muchos nos ha pasado eso de estar de baja por la Seguridad Social y que te llamen de la mutua, y es que a veces es la mutua quien paga.

A continuación te explicamos a quién corresponde la obligación de pagar una baja laboral.

Desde el momento en que un trabajador inicia una baja (siempre que sea por contingencias comunes y no por accidente laboral), los pagos funcionan del siguiente modo:

  • Durante los tres primeros días de baja, el trabajador no será remunerado. Esto puede ser diferente dependiendo del convenio colectivo de cada sector profesional, pero esta es la norma general.
  • Entre el día 4º y el 21º de la baja, el empleado cobrará el 60% de la base de cotización por contingencias comunes.
  • A partir del 22º día de la baja, el empleado cobrará el 75% de la base de cotización por contingencias comunes.
  • Entre los días 1º y 15º de la baja, el responsable de abonar lo que corresponda es el empresario. A partir de ahí, quien debe pagar la baja es la Seguridad Social.

¿Qué pasa si la Seguridad Social no me paga la baja?

Una vez dicho lo anterior, aquí vienen tres claves importantes en este asunto:

  1. El INSS tan sólo paga lo estipulado por ley. Es decir, las mejoras por convenio corren a cargo de la empresa. Por ejemplo, si el convenio dice que la base de cálculo debe ser del 90%, la Seguridad Social sólo abonará el porcentaje que marque la ley (60% o 75%, según el caso). La diferencia hasta el 90% sería responsabilidad del empresario.
  1. El pago de la Seguridad Social suele estar delegado. Ya hemos dicho que a partir del 16º día es el INSS quien debe abonar el salario del empleado. Pero eso no significa que sea inmediato. El empresario es quien debe abonar la baja cuando corresponda y luego solicitar el reintegro de dicho gasto al Estado.
  1. Si la empresa tiene contratados los servicios de una mutua para abonar los gastos de contingencias comunes, será ésta quien abone la nómina a partir del 16º día de baja.

¿Qué puedo hacer si no he cobrado la baja?

Como ya hemos visto, tenemos tres posibles ‘culpables’ si no hemos cobrado a tiempo la baja: la empresa, la Seguridad Social o la mutua. Si estás de baja y no te han pagado, primero tienes que averiguar de quién es el error. Una pista: si recibes un SMS del INSS puede que ya tengas ahí la información.

En cualquier caso, si no te han pagado la baja, tus opciones son las siguientes:

  1. Demandar a tu empresa. No abonar una baja laboral puede llegar a considerarse un delito en caso de incapacidad (poca broma). Por desgracia, tomar este camino es extremadamente lento debido al ritmo de los juzgados. Además, puede conllevar costes asociados y probablemente la relación laboral quedará muy dañada. Eso sí, si el importe a reclamar es inferior a 6.000 €, se puede realizar un juicio monitorio, que es mucho más rápido.
  1. Solicitar el pago directo a la Seguridad Social o a la mutua, según corresponda. Tú tienes el derecho de exigir que sea el Estado quien te abone la baja directamente, sin pasar por las manos del empresario. Las mutuas, por cierto, también están a cargo de la SS. Puedes solicitarlo rellenando y enviando el formulario oficial (seleccionar la opción ‘Solicitud de incapacidad laboral’).
  1. Por último, pero no por ello menos importante, tienes derecho a extinguir la relación laboral con tu empresa. La ley recoge esta opción en el Art. 50 del Estatuto de los Trabajadores. Por supuesto, esto no implicaría dejar de cobrar la baja, pero automáticamente la cobrarías directamente del INSS o de la mutua.

Conclusiones

Si estás de baja y no has cobrado tu nómina, deberías actuar cuanto antes y reclamar el pago. Esta situación es como que no te ingresen el paro si estás desempleado, pero peor, ya que estás enfermo o incapacitado y todo se hace más cuesta arriba. Quizás debas replantearte la seriedad de tus empleadores.

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