Calcular finiquito por fin de contrato – 2023

En asuntos de materia laboral, es bastante habitual tener que andar calculadora en mano a la hora de hacer algunos trámites. Ocurre, por ejemplo, a la hora de saber cómo calcular la base reguladora que nos pertenece o, como en el caso de este artículo, a la hora de calcular el finiquito por fin de contrato.

Pese a que utilizar una calculadora es lo más cómodo, siempre es mejor realizar las cuentas por uno mismo, paso por paso. De esta manera evitaremos obtener un finiquito erróneo y que no se corresponda al finiquito que nos pertenezca realmente.

En este artículo te indicamos las claves y todos los detalles que debes tener en cuenta para saber cómo calcular el finiquito por fin de contrato paso a paso.

¿Qué es el finiquito por fin de contrato?

A la hora de calcular el finiquito por finalización de contrato, lo primero que debemos tener en cuenta es cómo ha finalizado la relación laboral que unía al trabajador con la empresa.

El finiquito no es más que un documento en el que quedan reflejados todos los conceptos que la empresa adeuda al trabajador, entre los que se encuentran las horas extra, las vacaciones no disfrutadas o las pagas extra devengadas.

Grosso modo, podemos definir el finiquito como la cantidad de dinero que una empresa debe a un trabajador una vez que finaliza la relación laboral entre ambas partes. Se considera, entonces, como la liquidación de lo adeudado hasta el momento en el que se produce la finalización de dicha relación de trabajo.
Independientemente de las causas que hayan llevado a extinguir esta relación laboral, hay que tener muy claro que todo trabajador tiene derecho a cobrar el finiquito.

En el caso que nos ocupa, una finalización de contrato se da en los supuestos de contratos temporales. En este tipo de contrato, se suele contratar al empleado por una duración y/o causas determinadas, siendo, por ejemplo, debido a un incremento de la producción en los meses de verano.

Cuando este periodo finaliza, el trabajador tendría derecho a cobrar el finiquito por fin de contrato.

Cálculo del finiquito por fin de contrato

A la hora de ver cómo calcular el finiquito por finalización de contrato debemos tener en cuenta una serie de conceptos:

– Salario del último período trabajado

En el finiquito se incluirá el salario del último período trabajado, es decir, los días que se han trabajado durante el mes en el que finaliza el contrato y que, por consiguiente, aún no se ha cobrado.

    \[ salario\ diario = \frac{\frac{salario\ bruto\ anual}{14}}{30} \]

Ahora que ya sabemos cual es nuestro salario diario, tenemos que multiplicar el número de días naturales desde el último día en el que se recibió la última nómina hasta el día en el que finaliza el contrato.

    \[ salario\ último\ período = salario\ diario \cdot días\ trabajados \]

– Parte proporcional de las pagas extraordinarias

En primer lugar, calcularemos el salario diario y lo multiplicaremos por el número de días trabajados.
Para ello, dividimos el salario bruto anual entre 14 (12 nóminas mensuales más 2 pagas extra) y el resultado lo dividimos entre 30. Con esta sencilla fórmula, obtendremos el salario diario.

Firmar finiquito por fin de contrato

Una vez que hemos calculado el salario por los días trabajados, pasaremos a calcular la parte de las pagas extra que corresponden al trabajador.
En este caso, tenemos varios supuestos a considerar, dependiendo de si tenemos las pagas extra prorrateadas o en caso de no tenerlas prorrateadas, si son de devengo anual o mensual.

Pagas extra prorrateadas

Si las pagas extraordinarias están prorrateadas debemos realizar el siguiente cálculo.

En primer lugar, tenemos que dividir el salario diario entre 12 y multiplicarlo por 2 (número de pagas extra). Finalmente, multiplicaremos la cantidad obtenida por el número de días trabajados. Obtendremos así el importe de pagas extra que nos corresponde por el último período trabajado.

    \[ prorrateo = días\ trabajados \cdot (\frac{salario\ diario}{12}  \cdot 2) \]

Pagas extraordinarias con devengo anual

Si las pagas extra son de devengo anual, recibiríamos dos conceptos de paga extra:

– Período desde el 1 de julio hasta la finalización del contrato

En este primer caso, calcularíamos los días que transcurren desde el 1 de julio hasta el día en que se causa baja en la empresa. Si este día no ha pasado, se tiene en cuenta el 1 de julio del año anterior.
Hay que tener en consideración que, si el trabajador inició su contrato en una fecha posterior al 1 de julio, se contará desde la fecha en la que este fue contratado.
Una vez hemos calculado los días debemos multiplicarlo por el importe de la paga extra dividido entre 360. Al final de este artículo veremos un ejemplo completo para disipar cualquier tipo de duda.

    \[ prorrateo_1 = dias\ transcurridos\ desde\ 1\ julio \cdot \frac{importe\ paga\ extra}{360} \]

– Período desde el 1 de enero hasta la finalización del contrato

El siguiente paso será calcular los días que transcurren desde el 1 de enero hasta el día en que finaliza el contrato.
Hay que tener en consideración que, si el trabajador inició su contrato en una fecha posterior al 1 de enero, se contará desde la fecha en que este fue contratado.
Una vez hemos calculado el cómputo de días, debemos multiplicarlo por el importe de la paga extra entre 360.

    \[ prorrateo_1 = dias\ transcurridos\ desde\ 1\ enero\cdot \frac{importe\ paga\ extra}{360} \]

La suma de ambos importes nos dará el importe de la parte proporcional de pagas extra que nos corresponde en el finiquito, en el supuesto de que estas sean de devengo anual.

    \[ prorrateo = prorrateo_1 + prorrateo_2 \]

Pagas extraordinarias con devengo semestral

Pero, ¿qué sucede cuando las pagas extraordinarias se devengan semestralmente?
En este caso, si el convenio indica que el devengo de las pagas extra es semestral quiere decir que:

  • la paga extra de verano se devenga de enero a junio
  • la paga extra de Navidad se devenga de julio a diciembre.

En este supuesto debemos tener en cuenta en qué semestre nos encontramos.

– Si la fecha de fin de contrato ocurre en el primer semestre del año

Si estamos en el primer semestre del año, debemos contar el número de días transcurridos entre el 1 de enero y la fecha de finalización del contrato.
Esta cantidad la multiplicaremos por el importe de la paga extra, dividido entre 180.

Si el trabajador inició su contrato en una fecha posterior al 1 de enero, se contará desde la fecha en que este fue contratado.

    \[ prorrateo = días\ transcurridos\ desde\ 1\ enero \cdot \frac{paga\ extra}{180} \]

– Si la fecha de fin de contrato ocurre en el segundo semestre del año

Si, por el contrario, estamos en el segundo semestre del año, debemos calcular el número de días que van desde el 1 de julio hasta la fecha de finalización del contrato.
El resultado lo multiplicaremos por el importe de la paga extra dividido entre 180.

Si el trabajador inició su contrato en una fecha posterior al 1 de julio, se contará desde la fecha en que este fue contratado.

    \[ prorrateo = días\ transcurridos\ desde\ 1\ julio\cdot \frac{paga\ extra}{180} \]

– Vacaciones devengadas y no disfrutadas

También debemos tener en cuenta los días de vacaciones que no se hayan disfrutado. Para este cálculo hay que contar los días transcurridos desde el 1 de enero del año en curso hasta la fecha de finalización del contrato.
Este importe lo multiplicaremos por el número de días de vacaciones anuales, siendo generalmente 30, y el resultado obtenido lo dividiremos entre 365. A esta cifra le restaremos los días de vacaciones que ya hemos disfrutado.

    \[ vacaciones = \frac{vacaciones\ anuales \cdot número\ días\ desde\ 1\ enero}{365} - días\ vacaciones\ disfrutadas \]

Una vez hemos calculado el número de días de vacaciones no disfrutadas y devengadas, debemos valorar monetariamente cuánto nos corresponderá en el finiquito.

Pueden darse dos casos, dependiendo de si el cálculo de las vacaciones se realiza con días laborables o si, por el contrario, este cálculo se realiza con días naturales.

Si se computan las vacaciones por días laborables

Si para el cálculo de las vacaciones se tienen en cuenta días laborables, entonces podemos calcular el salario de un día laborable de una manera sencilla.

Dividiremos el salario bruto anual entre el número de horas máximas anuales que establece el Convenio colectivo aplicable.
El resultado lo multiplicaremos por el número de horas de un día laborable, y la cifra obtenida la multiplicaremos por el número de vacaciones no disfrutadas.

    \[ salario\ vacaciones = \frac{salario\ bruto\ anual}{horas\ máximas\ anuales} \cdot horas\ diarias \cdot días\ vacaciones \]

Si se computan las vacaciones por días naturales

En el caso de que se calculen las vacaciones por días naturales, debemos realizar el siguiente cálculo:

    \[ salario\ vacaciones = {\ salario\ diario} \cdot \ días\ vacaciones \]

Es decir, multiplicar el salario diario por los días de vacaciones no disfrutados para así poder calcular el importe que necesitamos para nuestro finiquito.

– Otros importes

A la hora de ver cómo calcular el finiquito por fin de contrato, también se debe incluir en él cualquier otro tipo de pago que no se haya satisfecho. Es el caso, por ejemplo, de horas extra no pagadas, pluses o algún tipo de primas por productividad que no se hayan abonado hasta la fecha de finalización del contrato.

Aunque creemos que estas cuentas son bastante claras, siempre es mejor contar con un ejemplo detallado, y así poder entender mejor lo que hemos explicado a lo largo de este artículo.

Cálcular finiquito por fin de contrato – Ejemplo 1

Condiciones

Vamos a suponer una serie de condiciones en nuestro primer ejemplo para ver cómo calcular el finiquito por fin de contrato. Para este primer ejemplo, las condiciones son las siguientes:

Pepe tiene un sueldo bruto anual de 30.000 € y la empresa le paga 2 pagas extra que son prorrateadas cada mes. Comenzó su relación laboral con la empresa el 01/01/2021. Por convenio tiene 22 días laborables de vacaciones, un máximo de 1.810 horas anuales y 8 horas diarias de trabajo. No ha disfrutado hasta el momento de ningún día de vacaciones. El día 20/03/2021 finalizó su contrato con la empresa y quiere saber cuál es el finiquito que le corresponde.

Cálculos para obtener el finiquito

El cálculo del finiquito será la suma del salario de los 20 días que ha trabajado en marzo más los días de vacaciones no disfrutados y el prorrateo de pagas extra que le corresponde. Vamos a analizar paso a paso los cálculos:

– Salario del último período trabajado

En primer lugar, vamos a calcular el salario diario. Dividimos el sueldo bruto anual entre 14 y el resultado entre 30. Nos dará el sueldo diario.

Sueldo bruto: 30.000 €.

Días trabajados en el último período: 20 días.

    \[ salario\ diario = \frac{\frac{salario\ bruto\ anual}{14}}{30} \]

En nuestro ejemplo:

    \[ salario\ diario = \frac{\frac{30000}{14}}{30} = 71,43 \]

Pepe tiene un sueldo de 71,43 € al día. Ahora debemos calcular lo que le corresponde por haber trabajado 20 días en marzo.

    \[ salario\ período \ trabajado= {\ salario\ diario} \cdot \ días\ trabajados \]

Multiplicaremos los 20 días trabajados en marzo por los 71,43 € que es el sueldo diario.

    \[ salario\ período \ trabajado= {\ 71,43} \cdot \ 20 = 1.428,60 \]

En el finiquito, Pepe tendrá en concepto de salario 1.428,60 €

– Parte proporcional de las pagas extraordinarias

Para el cálculo de las pagas extra tenemos los siguientes datos:

Dos pagas extra prorrogadas mensualmente

Debemos utilizar siguiente fórmula:

    \[ prorrateo = días\ trabajados \cdot (\frac{salario\ diario}{12}  \cdot 2) \]

Utilizamos el salario diario que calculamos en el punto anterior, lo dividimos entre 12 y lo multiplicamos por 2 (número de pagas extra). A esta cantidad le multiplicamos el número de días que ha trabajado, 20 en nuestro ejemplo.

    \[ prorrateo =20 \cdot (\frac{71,43}{12}  \cdot 2) = 238,10 \]

Pepe tendrá en su finiquito 238,10 € en concepto de pagas extraordinarias.

– Vacaciones devengadas y no disfrutadas

Finalmente, para calcular la parte correspondientes a las vacaciones no disfrutadas, tenemos que ver el número de días de vacaciones que ha generado. Los datos que tenemos son los siguientes:

22 días laborables de vacaciones. No ha disfrutado ningún día

Máximo de 1.810 horas anuales. Jornada de trabajo de 8 horas

Para ello debemos hacer los cálculos desde el 1 de enero hasta la fecha en que finaliza el contrato. En nuestro ejemplo el período de tiempo es desde el 1 de enero hasta el 20 de marzo. Usamos la siguiente fórmula:

    \[ vacaciones = \frac{vacaciones\ anuales \cdot número\ días\ desde\ 1\ enero}{365} - días\ vacaciones\ disfrutadas \]

Con los datos aportados, multiplicaremos el número de vacaciones anuales por los días transcurridos desde el 1 de enero. Esa cifra la dividimos entre 365 y le restamos los días que haya disfrutado ya.

    \[ días\ vacaciones = \frac{22 \cdot 78}{365} = 4,7 \]

Pepe ha generado 5 días de vacaciones.

Ahora es el momento de hacer el cálculo monetario. Si recordamos, en nuestro ejemplo la empresa tiene en cuenta días laborables para las vacaciones de sus trabajadores. por tanto aplicaremos la siguiente fórmula:

    \[ salario\ vacaciones = \frac{salario\ bruto\ anual}{horas\ máximas\ anuales} \cdot horas\ diarias \cdot días\ vacaciones \]

En nuestro caso, sería dividir el salario bruto entre el número de horas máximas anuales. Y el resultado multiplicarlo por el número de horas diarias y el número de días de vacaciones que ha generado.

    \[ salario\ vacaciones = \frac{30.000}{1.810} \cdot 8 \cdot 5 = 662,98 \]

Por tanto, por concepto de vacaciones no disfrutadas Pepe recibiría 662,98 €.

Ya sólo quedaría sumar todos los conceptos calculados, para así obtener el finiquito de Pepe:

    \[ finiquito= salario+ pagas\ extra + vacaciones\ no \ disfrutadas \]

    \[ finiquito= 1.428,60 + 238,10 + 662,98 = 2.329,68 \]

Tras calcular el finiquito por finalización de contrato de Pepe, vemos que este ascendería a un total de 2.329,68 €

Cálculo de finiquito por finalización de contrato – Ejemplo 2

Vamos a tener en cuenta otro ejemplo con distintas condiciones para cómo calcular el finiquito por finalización de contrato.

Condiciones

Vamos a suponer las siguientes condiciones en nuestro ejemplo para calcular el finiquito por finalización de contrato:

María tiene un sueldo bruto anual de 28.000 € y la empresa le paga 2 pagas extra, una en junio y otra en diciembre que son de devengo anual. Comenzó su relación laboral con la empresa el 01/02/2020. Por convenio tiene 30 días naturales de vacaciones y ya ha disfrutado de dos días. El día 05/08/2020 finalizó su contrato con la empresa. ¿Cuál fue el importe de su finiquito?

Qué se debe tener en cuenta para calcular el finiquito por fin de contrato

Para el cálculo del finiquito tendremos que tener en cuenta los 5 días que ha trabajado en agosto, los días de vacaciones devengados y no disfrutados y la parte proporcional de pagas extra que le correspondan.

– Salario del último mes

En primer lugar, vamos a calcular el salario por día. Para ello, dividimos el sueldo bruto anual entre 14 y el resultado entre 30. De este modo, tendremos el sueldo diario.

Sueldo bruto: 28.000 €.

Días trabajados en el último período: 5 días.

    \[ salario\ diario = \frac{\frac{salario\ bruto\ anual}{14}}{30} \]

En nuestro ejemplo:

    \[ salario\ diario = \frac{\frac{28000}{14}}{30} = 66,67 \]

María tiene un sueldo diario de 66,67 €. Ahora calcularemos lo que le corresponde por haber trabajado 5 días en agosto.

    \[ salario\ período \ trabajado= {\ salario\ diario} \cdot \ días\ trabajados \]

Multiplicaremos los 5 días trabajados en agosto por los 66,67 € que es el sueldo diario.

    \[ salario\ período \ trabajado= {\ 66,67} \cdot \ 5 = 333,35 \]

En el finiquito, María tendrá 333,35 € en concepto de salario.

– Parte proporcional de las pagas extra

Para el cálculo de las pagas extra tenemos los siguientes datos:

Dos pagas extra en junio y diciembre de devengo anual. 2.000 € cada una

En el cálculo de las pagas extraordinarias debemos considerar que en el ejemplo nos indican que se devengan de forma anual. De esta manera debemos calcular dos importes, los correspondientes a cada una de las pagas extra. Lo haremos en dos pasos:

Período desde el 1 de julio hasta la finalización del contrato

En primer lugar, debemos contar los días que han transcurridos desde el día 1 de julio hasta el día de fin de contrato. En el ejemplo sería desde el 1 de julio al 5 de agosto. Esta cifra la multiplicaremos por el resultado de dividir el importe de la paga extra de julio entre 360.

    \[ prorrateo_1 = dias\ transcurridos\ desde\ 1\ julio \cdot \frac{importe\ paga\ extra}{360} \]

    \[ prorrateo_1 = 35 \cdot \frac{2.000}{360} = 194,44 \]

Período desde el 1 de enero hasta la finalización del contrato

Para calcular el importe correspondiente a la paga extra de diciembre, debemos contar el número de días transcurridos desde el 1 de enero hasta el día de finalización del contrato. En nuestro ejemplo tendremos en cuenta el 1 de febrero, que es la fecha en la que se incorporó a la empresa.

    \[ prorrateo_2 = días\ transcurridos\ desde\ 1\ enero\cdot \frac{importe\ paga\ extra}{360} \]

El número de días entre el 1 de febrero y el 5 de agosto son 186. Dividiremos el importe de la paga extra entre 360 y multiplicaremos por 186:

    \[ prorrateo_2 = 186 \cdot \frac{2.000}{360} = 1.033,33 \]

Para finalizar, sumamos ambas cantidades y tendremos el importe total de pagas extra que se incluirá en el finiquito de María. ( 194,44 + 1.033,33 = 1.227,77 €)

– Vacaciones no disfrutadas y ya devengadas

Para conocer el importe que le corresponde a María por las vacaciones no disfrutadas, en primer lugar, debemos calcular el número de días de vacaciones que le corresponden. Recordemos que tenemos los siguientes datos:

Por convenio tiene 30 días naturales de vacaciones. Ya ha disfrutado dos.

En nuestro ejemplo, multiplicaremos el número de días de vacaciones por los días que han transcurridos desde el 1 de enero. Como ella entró a trabajar el 1 de febrero tendremos en cuenta dicha fecha. Dividiremos esa cifra entre 365 y le restaremos los días que ya haya disfrutado.

    \[ vacaciones = \frac{vacaciones\ anuales \cdot número\ días\ desde\ 1\ febrero}{365} - días\ vacaciones\ disfrutadas \]

Por tanto, multiplicamos 30 (días naturales de vacaciones) por 186 (días que van desde el 1 de febrero al 5 de agosto). Dividimos entre 365 y restamos los dos días que ya ha disfrutado.

    \[ vacaciones = \frac{30 \cdot 186}{365} - 2 = 13,28  \]

En total María ha generado 14 días de vacaciones. Ahora vamos a valorar esos 14 días monetariamente para hallar el valor total del finiquito que le corresponde a María por vacaciones no disfrutadas.

Para ello, utilizamos la siguiente fórmula:

    \[ salario\ vacaciones = {\ salario\ diario} \cdot \ días\ vacaciones \]

En nuestro ejemplo, multiplicaremos el salario diario por el día de vacaciones que ha generado.

    \[ salario\ vacaciones = {66,67} \cdot 14 = 933,38 \]

María tendrá en su finiquito 933,38 € en concepto de vacaciones no disfrutadas.

Una vez que ya hemos hechos los cálculos, y para terminar, sumamos todas las cantidades para comprobar la cifra que va a cobrar María en su finiquito:

    \[ finiquito= salario+ pagas\ extra + vacaciones\ no \ disfrutadas \]

    \[ finiquito= 333,35 + 1.227,77 + 933,38 = 2.494,50 \]

El finiquito por fin de contrato de María ascendería a un total de 2.494,50 €

Ahora ya sabemos, por tanto, cómo calcular el finiquito por finalización de contrato.

Finiquito e indemnización. ¿Es lo mismo?

Para finalizar, ya que es bastante frecuente confundir ambos conceptos, queremos responder de forma breve a esta pregunta.
Hay que recalcar que finiquito e indemnización son dos conceptos diferentes. De forma breve, podemos definir dichos conceptos de la siguiente manera:

Finiquito: es el documento en el que quedan reflejados los importes que adeuda la empresa al trabajador, una vez finaliza la relación laboral entre ellos.
El finiquito debe abonarse siempre, independientemente del motivo de baja en la empresa (baja, despido o finalización de contrato).

– Indemnización: por el contrario, la indemnización no se abona siempre que se termina una relación laboral. Únicamente se abonará en casos de despido por causas objetivas, despido colectivo, improcedente o en la finalización de un contrato temporal.

En resumidas cuentas, la indemnización surge cuando el motivo de la extinción viene por parte de la empresa y no por parte del empleado (como, por ejemplo, por baja voluntaria)

En un futuro artículo abordaremos de una manera más detallada el concepto de indemnización y la manera de calcularla.

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