Pedir una excedencia es un derecho que tienen todos los trabajadores, siempre y cuando se reúnan ciertas condiciones. Si te encuentras en esa situación y decidiste dejar tu trabajo de manera temporal, quizás hayas reflexionado que ya no te apetece recuperarlo.
Si estás de excedencia y no quieres volver, este artículo te interesa. A continuación te contaremos los detalles para conocer todas las opciones a tu alcance.
Pedí una excedencia y no quiero volver
Básicamente, existen 2 tipos de excedencias en España: forzosas y voluntarias. Además, las voluntarias también se subdividen entre las que son por cuidado de familiares (hijos, ancianos, incapacitados…) y las personales.
Cuando un trabajador entra en excedencia no tiene derecho a paro ni a finiquito, ya que técnicamente no ha sido despedido, sino que se ha retirado voluntaria o forzosamente.
Por lo general, el mundo de las excedencias se asociaba a los funcionarios, pero la realidad es que todos los trabajadores pueden solicitarlas. Además, si se cumplen las condiciones, las empresas no pueden negarse a concederlas.
Para las empresas, las excedencias son un inconveniente bastante serio, sobre todo las de carácter personal, ya que se desconoce qué hará el empleado después. ¿Pretenderá volver? ¿Cambiará de empresa? ¿De profesión? ¿De domicilio?
La mayor parte de las ocasiones en que se produce una excedencia voluntaria, la empresa se ve obligada a obligar a otro trabajador para cubrir la vacante ocasionada.
Entonces, ¿qué pasa si estás de excedencia y no quieres volver?
Veámoslo.
¿Qué pasa si no me reincorporo tras una excedencia?
Básicamente, lo único que pasa si estás de excedencia y no quieres volver, es que tu empresa dará por terminada la relación laboral y el contrato que os unía.
Eso es todo.
No tendrás derecho a indemnización de ninguna clase, ya que te habrás marchado tú por voluntad propia; no se trata de un despido.
En muchos casos, esta situación es la más deseable para las empresas, así que es posible que tu empleador se encuentre aliviado si no vuelves.
Lo habitual es que ya tengas un sustituto, por lo que, salvo que te echen mucho de menos, es probable que prefieran seguir con la nueva incorporación en plantilla.
Hacer cambios para acoger de nuevo a un trabajador que regresa de una excedencia suele dar bastantes problemas. Por lo tanto, es posible que no sufran mucho si decides no volver.
¿Cómo comunicar que no quiero volver tras una excedencia?
Las excedencias voluntarias de tipo personal tienen una duración que puede ir desde un mínimo de cuatro meses hasta un máximo de cinco años.
Con una antelación mínima de 15 días antes del fin de la excedencia, debes comunicar a la empresa qué piensas hacer. Lo ideal es hacerlo por escrito, de manera que quede constancia.
Esto es especialmente importante si lo que pretendes es reincorporarte a tu antigua empresa. Si incumples el plazo o si estás de excedencia y no pretendes volver, simplemente la relación laboral se podrá dar por rota automáticamente.
No obstante, por una cuestión de consideración profesional, te recomendamos que, incluso si no pretendes volver, comuniques a tu empresa tu intención de no incorporarte.
No hay ningún formato concreto en el que debas hacerlo. Puede ser incluso un simple correo electrónico.
Por cierto, si estás valorando opciones para aprovechar tu tiempo durante tu excedencia, quizás quieras quieras considerar lo de estudiar programación. Puede ser una ocupación muy rentable.
También hay quien viene del mundo de la educación y quiere plantearse otras alternativas. Si es tu caso y deseas dejar tu trabajo, échale un vistazo a nuestro artículo: «soy profesora y quiero trabajar en otra cosa».
¿Después de una excedencia se puede solicitar el paro?
En primer lugar, hay que tener en cuenta que, en el caso de excedencias por cuidado de familiares, la empresa está obligada a mantener el puesto de trabajo.
Por lo tanto, ahí no necesitarás la prestación de desempleo. Y si la empresa cometiera la ilegalidad de no reincorporarte, mientras todo se soluciona, estarás cubierto por el paro.
En el caso de las excedencias voluntarias de tipo personal, hay que tener en cuenta que durante ese tiempo puedes trabajar para otra empresa. Si pides el paro tras esa nueva relación laboral, se concederá (o no) en relación al tiempo trabajado en ella.
En caso positivo, sólo podrías cobrar la prestación hasta el momento en que se terminase el plazo de tu excedencia. Cuando acabase, tendrías dos opciones: solicitar tu readmisión o comunicar a la empresa que no vas a volver.
Si la empresa no te pudiera recolocar, por la razón que fuese, podrías volver a solicitar el paro en relación a tu antigüedad en esa empresa.
En tal caso, para que el SEPE decidiera aprobar o denegar tu prestación, se aplicarían las condiciones habituales para este tipo de prestaciones contributivas.
Sin embargo, si has estado de excedencia y decides voluntariamente no volver, no tendrás derecho a prestación por desempleo de ninguna clase. Esta situación sería idéntica a la de abandonar un puesto de trabajo sin causa justificada, lo que no da derecho a paro.
¿Cuándo se pide una excedencia se pierde la antigüedad?
No, cuando pides una excedencia no pierdes tu antigüedad.
Si tu excedencia ha sido voluntaria y por motivos personales, la antigüedad laboral que tuvieras hasta ese momento queda congelada. Por supuesto, tampoco vas a acumular más antigüedad durante ese tiempo, pero no perderás la que ya tengas.
En cambio, cuando la excedencia es forzosa o por cuidado de familiares, entonces ese período fuera del puesto de trabajo sí será computado como antigüedad.
Conclusiones
Si estás de excedencia y no quieres volver, no debes sentirte mal. Hay muchas personas que pasan por la misma situación que tú ahora. Esperamos que, tras leer este artículo, tengas más claras tus opciones.
Las excedencias suelen ser un problema para las empresas, por lo que, si no deseas volver a tu puesto de trabajo, igual les haces un favor.