¿Se puede cobrar la pensión de viudedad y la de mayor de 52 años?

A la hora de poder acceder a una ayuda, muchas veces surgen situaciones, en las que nos preguntamos si tenemos derecho o no a dichos beneficios. En este artículo, te indicamos si la pensión de viudedad y la ayuda para mayores de 52 años son compatibles.

Podemos decir que la respuesta rápida es sí, pero con algunos matices. Es posible cobrar la pensión de viudedad y la de mayor de 52 años a la vez, si se cumplen una serie de requisitos que detallaremos a continuación.

En primer lugar, vamos a describir un poco qué son y en qué consisten cada una de estas prestaciones, y después profundizaremos en si se puede cobrar la pensión de viudedad y la de mayor de 52 años a la vez y en qué casos no es posible cobrar ambas.

¿En qué consiste la ayuda para los mayores de 52 años?

Estar en paro con más de 52 años y que además se te acabe la prestación por desempleo, es una situación que puede resultar realmente complicada para cualquier persona que la sufra. A partir de los 50 años, por desgracia, las opciones de empleo comienzan a ser mucho menores y algunas personas no disponen de recursos económicos suficientes para poder vivir en condiciones.

En la situación de crisis que vivimos, el subsidio por desempleo para mayores de 52 años se ha convertido en una de las ayudas mejor valoradas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta prestación asciende en la actualidad a 451,92 euros mensuales.

El objetivo de esta ayuda es el de proteger económicamente a este colectivo ante las dificultades con las que se enfrentan a la hora de encontrar trabajo. Además, les permite estar protegidos hasta que cumplan la edad de jubilación.

Requisitos para la ayuda de para los mayores de 52 años

Para acceder a este subsidio han de cumplirse una serie de requisitos, entre los que se encuentran:

  • Tener al menos 52 años en el momento en el que se agote la prestación por desempleo.
  • Estar desempleado e ir renovando la demanda de empleo.
  • Cumplir el compromiso que indica que se está buscando trabajo de forma activa.
  • Estar inscrito como demandante de empleo al menos un mes antes de solicitar la ayuda.
  • No recibir ingresos mensuales por rentas superiores al 75% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional). En el año 2021, el SMI es de 950 euros. Por tanto el 75% del SMI es de 712,50 euros. Para acreditar este punto será necesario hacer una declaración de rentas anual.

Si algún componente de la unidad familiar supera este porcentaje, no sería un problema para poder cobrar este subsidio.

Hasta finales de 2019 esta ayuda era solo para mayores de 55 años, pero el requisito bajó hasta los 52 años y además, con la posibilidad de que sea compatible en caso de encontrar trabajo. Para ello, hay que cumplir estos requisitos:

  • Tener al menos 52 años.
  • Estar inscrito en la oficina de empleo.
  • Conseguir un contrato de trabajo por cuenta ajena con una duración superior a los tres meses.

¿Qué es una pensión de viudedad?

La pensión de viudedad es una prestación de carácter vitalicio a la que se tiene acceso tras el fallecimiento de la pareja. El fin de esta ayuda es principalmente cubrir las necesidades económicas de la pareja del fallecido. Sobre todo, para evitar la desprotección de la unidad familiar en el caso en que el fallecido fuera el que aportase los ingresos de la familia. Es la segunda pensión que más se percibe y solicita en España después de la de jubilación.

Pensiones y compatibilidad
En algunas ocasiones, ciertas pensiones pueden ser compatibles

Para poder acceder a esta prestación se deben reunir una serie de requisitos tanto por el beneficiario que opta a la ayuda como por la persona de la pareja que ha fallecido:

  • La persona fallecida tuvo que cotizar 500 días dentro de los últimos 5 años en caso de fallecimiento por enfermedad común, algo que no se exige en caso de accidente o enfermedad profesional. En el caso de los trabajadores no dados de alta en la Seguridad Social, habrían generado esta pensión si cotizaron los 15 años previos.

Además, los beneficiarios de esta pensión de viudedad deben cumplir otros requisitos:

  • Tener hijos en común o al menos un año de matrimonio con la persona fallecida.
  • Recibir una pensión compensatoria para parejas separadas o divorciadas y que no tengan nuevo matrimonio posterior o una unión de hecho.

Hay excepciones y letras pequeñas para muchos de los casos, así que lo mejor es consultar con expertos en el tema o con las oficinas de la Seguridad Social.

¿Cómo se solicita la pensión de viudedad?

Para poder solicitar la pensión por viudedad, además de los requisitos que ya hemos comentando que tienen que cumplir tanto el fallecido como el que solicita la prestación, se han de presentar ciertos formularios y documentación que demuestren esas circunstancias.

Ante la duda, lo mejor es consultar la web de la Seguridad Social donde aparece explicado todo lo que es necesario para poder solicitar estas prestaciones.

Entonces, ¿puedo cobrar la pensión de viudedad y la de mayor de 52 años?

Una de las dudas más frecuentes a la hora de saber qué pensiones son compatibles es si puedo cobrar la pensión de viudedad y la de mayor de 52 años a la vez. Como hemos indicado anteriormente, se deben cumplir una serie de requisitos que detallamos a continuación.

En primer lugar, hay que cumplir los requisitos necesarios para percibir el subsidio para mayores de 52 años que ya hemos comentado.

El requisito que marca el derecho a poder compatibilizar la pensión de viudedad con la prestación de mayores de 52 años es el de tener unos ingresos mensuales inferiores al 75% del SMI (lo que serían 712,50 euros al mes). Algo que se mirará con lupa, ya que si se continúa percibiendo el subsidio pero las rentas mensuales son mayores del 75% del SMI, es muy posible que la Seguridad Social entienda que se está cometiendo una grave infracción que conlleve no solo dejar de percibir el subsidio, también devolver aquellas cantidades que se han recibido en estado de infracción.

Como todo, puede haber casos concretos que aporten dudas o que sea necesario demostrar mediante documentación complementaria a la hora de solicitar cada prestación.

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