Qué hacer cuando te despiden

Me han despedido

Uno de los peores tragos que se puede pasar en una relación laboral empresa-trabajador, es el momento en el que hay un despido, tanto por causas normales (fin de obra o servicio objeto del contrato, finalización del tiempo de contrato establecido…) como por causas excepcionales (despido improcedente, objetivo, disciplinario…). Ante esta situación, siempre existen dudas y preguntas sobre qué pasos se han de seguir y sobre qué se debe firmar y cómo. En este artículo puedes encontrar unas pequeñas pautas sobre qué hay que hacer cuando te despiden.

Haz los cálculos con antelación

Cálculos por despido

Siempre es conveniente hacer bien los cálculos para así saber con exactitud cuál es la cantidad que te pertenece en concepto de finiquito. Tal y como explicamos en nuestro artículo sobre cómo calcular el finiquito por despido, en el finiquito se deben liquidar los siguientes conceptos:

  • El salario que debes percibir por los días trabajados desde tu última nómina hasta el último día de trabajo,
  • Las pagas extraordinarias devengadas hasta el último día de trabajo,
  • Las vacaciones proporcionales que te quedan por disfrutar según el periodo trabajado ese año y el número de días de vacaciones disfrutados,
  • Las posibles dietas y/o horas extras no cobradas,
  • La cantidad de días laborales en que no haya habido preaviso* en caso de que el despido sea motivado por el empresario (recuerda que es recíproco, es decir, si eres tú quien firma la baja voluntaria, se te descontarán el número de días en el que no hayas preavisado de tu decisión),
  • La posible indemnización por despido.

Recuerda que puedes utilizar nuestra calculadora de indemnizaciones por despido para este propósito.

* En periodo de pruebas no existe preaviso aplicable a ninguna de ambas partes.

Comprueba que recibes toda tu documentación el último día de trabajo

Cuando te despiden, la empresa deberá aportarte la siguiente documentación:

  • Carta de despido en caso de que el despido haya sido motivado por el empleador.
  • Última nómina.
  • Documentación asociada al finiquito (comprobante de pago, documento de aclaración de las cantidades percibidas por finiquito).
  • Certificado de empresa, en caso de que la empresa no lo haya enviado al Servicio Público de Empleo Estatal.

En caso de que la baja no sea voluntaria, os recomendamos que compruebes que la causa del despido se corresponda exactamente con la situación real, ya que determinadas causas, como por ejemplo la baja voluntaria del trabajador o la resolución del trabajador por causa justa no son compatibles con la solicitud de la prestación por desempleo.

Firma tu finiquito el último día de trabajo

Una de las partes más importantes que hay que hacer cuando te despiden. Os recomendamos encarecidamente que firmes el finiquito. En caso de que no estés de acuerdo con alguno de los conceptos del finiquito, puedes indicar que no estás conforme, incluyendo No Conforme junto a la firma, o incluso los conceptos por los que no estás de acuerdo, como pueden ser que falta por comprobar las cantidades del finiquito, que no se ha recibido el dinero del finiquito, si se ha solicitado la presencia del representante de los trabajadores y el empresario se ha negado, o si la fecha del finiquito está incorrecta. En este caso, recomendamos incluir la fecha real junto a la firma.

Recuerda que es obligación del empresario que recibas el finiquito el último día que prestas servicios para la empresa. Si el pago se ha realizado por transferencia bancaria, es normal que no lo recibas el mismo día, pero aun así el empresario debe entregarte el comprobante de pago.

Denuncia ante el CMAC

Hombre cabizbajo tras despido

Si no estás de acuerdo con el despido, tienes 20 días hábiles, desde que te despiden, para empezar una reclamación ante los juzgados. En la mayoría de las reclamaciones es necesario presentar (antes de la demanda ante el juez) una papeleta de conciliación.

Denunciar ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC) es un acto de conciliación con la empresa.

Es importante la denuncia ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC), en uno de estos dos caso:

  • En caso de que la empresa no te haya abonado en el finiquito todo el importe que te corresponde, o no lo haya hecho el último día de trabajo.
  • En caso de despido improcedente, ya que la empresa no debería realizar un despido improcedente de manera directa (lo normal es que sea un despido objetivo o un despido disciplinario), sino que sea un juez quien dictamine la improcedencia del despido. Incluso si la empresa, de buena fe, te haya abonado la cantidad del despido improcedente al finalizar tu relación laboral con ellos, deberías presentar la papeleta de conciliación, ya que con un acuerdo de conciliación la indemnización recibida por el despido está exenta de impuestos.

Para declarar la exención de las indemnizaciones por despido será necesario que el reconocimiento de la improcedencia del despido se produzca en el acto de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o bien mediante resolución judicial.

Solicita la prestación por desempleo

Recuerda que tendrás que solicitarlo en un plazo de 15 días hábiles desde que te despiden. Puedes hacerlo desde la sede electrónica del SEPE, o en la oficina de tu localidad (puedes pedir cita desde la Sede Electrónica o por teléfono), en una oficina de registro público o por correo administrativo.

Esta es la documentación que necesitarás entregar:

  • DNI o pasaporte (NIE o TIE, para nacionales de la Unión Europea y no nacionales de la Unión Europea, respectivamente).
  • Impreso de la Solicitud de subsidios relleno con tus datos.
  • Declaración de la renta.
  • Documento bancario en el que figure un número de cuenta del que seas titular.
  • Libro de familia, en caso de tener hijos.
  • Si estás divorciado, la sentencia y/o convenio regulador.
  • El certificado de empresa de los 180 últimos días trabajados, en caso de que la empresa no lo haya enviado, o el acta de conciliación / resolución judicial, si se ha reclamado contra el despido.

Puedes encontrar más información sobre la prestación por desempleo visitando nuestro artículo.