Uno de los aspectos que debemos tener en cuenta a la hora de calcular cuál va a ser la cantidad de dinero que vamos a recibir en una prestación, independientemente del tipo que sea, es conocer el importe total de la base reguladora y conocer su concepto.
En este artículo te explicamos qué es la base reguladora y te explicamos, paso a paso, cómo calcular la base reguladora.
¿Qué es la base reguladora?
La base reguladora es una cifra que se usa para calcular la pensión a la que se tiene derecho a percibir por parte de la Seguridad Social. Esta cantidad se calcula en función de las bases de cotización a lo largo de un período de tiempo determinado, que dependerá del tipo de prestación que queramos calcular.
Ver base reguladora en la nómina
A la hora de calcular una pensión o prestación, muchas veces surge la pregunta de si es posible ver la base reguladora en la nómina.
No se puede ver la base reguladora en la nómina. El concepto que sí se puede ver en una nómina es la base de cotización, la cual, precisamente, nos hará falta a la hora de calcular la base reguladora.
Diferencia entre base de cotización y base reguladora
Es muy frecuente pensar que los términos base de cotización y base reguladora, hacen referencia al mismo concepto. Sin embargo, no es así, aunque sí que están interrelacionadas.
Una vez que tenemos claro qué es la base reguladora, debemos saber qué es la base de cotización, para así entender la diferencia entre ambas.
La base de cotización hace referencia a la remuneración mensual bruta de un trabajador. Sobre esta cantidad se calculan las cuotas que cada trabajador aporta a la Seguridad Social.
En definitiva, podemos decir que para calcular la base reguladora necesitamos conocer primero las bases de cotización durante un tiempo determinado. Es con ambas cantidades con lo que podremos saber cuál es la cuantía de la pensión que nos pertenece.
¿Cuándo se utiliza la base reguladora?
La base reguladora se utiliza para calcular las distintas prestaciones de la Seguridad Social, entre las que se encuentran:
- Prestaciones por incapacidad temporal o permanente
- Pensiones de jubilación
- Prestación por desempleo
- Prestaciones por maternidad o paternidad
Cómo calcular la base reguladora
Para calcular la base reguladora, hay que realizar una serie de cálculos que varían en función del tipo de pensión que queramos calcular. En cualquier caso, siempre hay un patrón en común: tenemos que conocer cuál ha sido nuestra base de cotización.
Calcular base reguladora para pensión por jubilación
Para realizar calcular la base reguladora para la prestación por jubilación, comúnmente llamada pensión de jubilación debemos tener en cuenta varios pasos que detallamos a continuación:
- En primer lugar, necesitamos recopilar las bases de cotización de los últimos años trabajados.
- Después, debemos conocer el periodo de referencia, es decir, los años que son necesarios para obtener la base reguladora.
En 2020 se tendrán en cuenta las bases de cotización de los últimos 23 años previos a la jubilación. En 2021 serán 24 años y a partir de 2022 serán 25.
Nota. Desde 2013 a 2022 (llamado período de transición) el número de años considerados para el cálculo aumenta de manera progresiva a uno por año. En 2022 se computarán los últimos 25 años trabajados
- Es necesario actualizar las bases de cotización con el IPC. Sólo se deben actualizar las bases de cotización con antigüedad superior a 25 meses. Para ello se puede utilizar esta sencilla herramienta del INE.
- Una vez tenemos las bases de cotización actualizadas con el IPC, debemos sumarlas.
- El siguiente paso es dividir la suma de todas las bases de cotización entre el divisor correspondiente. En 2020 se divide entre 322, pero a partir del año de 2022 se dividirá entre 350.
AÑO | MESES COMPUTABLES | DIVISOR | AÑOS COMPUTABLES |
---|---|---|---|
2018 | 252 | 294 | 21 |
2019 | 264 | 308 | 22 |
2020 | 276 | 322 | 23 |
2021 | 288 | 336 | 24 |
2022 | 300 | 350 | 25 |
- El resultado será la base reguladora para la jubilación. En el siguiente cuadro se muestra el porcentaje de la base reguladora que se percibiría como pensión según el número de años cotizados:
En la imagen vemos que 15 años cotizados dan derecho a un 50% de la base reguladora. Para obtener la pensión máxima de jubilación en el año 2020 es necesario tener 36 años cotizados. En 2027 se necesitarán 37 años para optar a la pensión máxima de jubilación.
Para las jubilaciones anticipadas (personas que se jubilan antes de la edad legal para la jubilación) la base reguladora se verá reducida en función del tiempo que se anticipe la fecha de jubilación. En la siguiente imagen, podemos ver los porcentajes en los que se verá afectada la base reguladora:
Por el contrario, si un trabajador retrasa su fecha de jubilación, la base reguladora se verá incrementada en función del tiempo que retrase la fecha de jubilación. A continuación, podemos observar los porcentajes en los que se verá incrementada la base reguladora:
A partir de 2022 para el cálculo de la base reguladora se tendrán en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años previos a la jubilación. Estas bases tendrás que ser actualizadas con el IPC excepto las de los últimos 2 años.
Calcular la base reguladora para prestación por ERTE
En los casos de ERTE, es decir, Expediente de Regulación Temporal de Empleo, la mensualidad por desempleo de los trabajadores será del 70% de la base reguladora.
Para su cálculo se tendrán en cuenta los 180 días anteriores al despido sin que computen las horas extraordinarias.
A partir del día 181 del ERTE, la mensualidad se reduce y será sólo un 50% de la base reguladora.
Como hemos indicado anteriormente, necesitaremos conocer las bases de cotización de los últimos seis meses, sumarlas y dividir dicho resultado entre seis. Esa será la base reguladora mensual ante el ERTE, a la que se aplicará el porcentaje correspondiente.
Calcular la base reguladora para prestación por incapacidad temporal
En supuestos de incapacidad temporal, la Seguridad Social establece el porcentaje para el cálculo de la prestación en base a dos supuestos:
– Si es por enfermedad común o accidente no laboral
Para calcular la base reguladora, tenemos que coger la base de cotización del mes anterior a la fecha de inicio de la baja y dividirla entre el número de días (30 si el salario es mensual).
Se cobrará el 60% de la base reguladora desde el día 4º al 20 incluido y el 75% a partir del día 21.
– Si es por accidente de trabajo o enfermedad profesional
Para el cálculo de la base reguladora, tenemos que coger la base de cotización del mes anterior a la fecha de inicio de la baja (sin contar horas extraordinarias) y dividirla entre el número de días cotizados. Además, se sumarán las bases de cotización de las horas extra del año natural anterior divididas entre 365.
Se cobrará el 75% de la base reguladora desde el día en que se estipule el derecho a cobrarlo.
Calcular la base reguladora para prestación por incapacidad permanente
En los supuestos de incapacidad permanente hay que distinguir entre los distintos grados que existen: parcial, total, absoluta o gran invalidez.
– Incapacidad permanente parcial
En casos de incapacidad permanente parcial, el cálculo para calcular la base reguladora se hará de la misma manera que una incapacidad temporal.
En primer lugar, se calcula la base reguladora diaria (cotización del mes previo dividida entre el número de días cotizados) y esta cantidad la multiplicamos por 30.
Por último, la cantidad obtenida la multiplicamos por 24 mensualidades para obtener el importe de la pensión.
– Incapacidad permanente total
Para el cálculo de esta prestación debemos analizar el supuesto que ha llevado a esta incapacidad.
En casos de enfermedad común
En los casos de enfermedad común debemos diferenciar entre mayores y menores de 52 años para el cálculo de la base reguladora.
– Mayores de 52 años
Para obtener la base reguladora en mayores de 52 años afectados por una enfermedad común:
En primer lugar, debemos sumar las bases de cotización de los últimos 96 meses (8 años) inmediatamente anteriores al inicio de la incapacidad y dividir esta cantidad entre 112.
A continuación, debemos actualizar todas las bases de cotización según el IPC, excepto las últimas 24 bases. Para realizar este paso, es muy útil la siguiente herramienta del INE.
El siguiente paso es integrar las lagunas de acuerdo con la normativa vigente. Las lagunas de cotización son los períodos sin cotizar. En este enlace de la Seguridad social dan más detalles acerca de la integración de lagunas.
Una vez integradas, aplicamos los porcentajes que correspondan según los años cotizados usando la escala para la pensión de jubilación. Para ello añadimos los años que se hubiesen cotizado hasta la fecha de jubilación en el supuesto de que este hubiese seguido trabajando.
En caso de no llegar a 15 años de cotización, el porcentaje será de un 50%.
Por último, al resultado obtenido debemos aplicarle el porcentaje dependiendo del grado de incapacidad. En este caso será de un 55%. La cifra obtenida será la pensión que se recibirá mensualmente. Esta cifra se podrá ver incrementada en un 20% adicional si se considera que es una incapacidad permanente temporal cualificada.
– Menores de 52 años
Para el cálculo de la base reguladora en menores de 52 años afectados por una enfermedad común:
En el caso de que no alcancen los 8 años exigidos, debemos sumar las bases mensuales de cotización y dividirlas entre el número de meses multiplicados por 1,1666.
No se deben incluir en la actualización del IPC las bases correspondientes a los 24 meses previos al inicio de la incapacidad.
Aplicamos los porcentajes que correspondan según los años cotizados usando la escala para la pensión de jubilación. Para ello añadimos los años que se hubiesen cotizado hasta la fecha de jubilación en el supuesto de que este hubiese seguido trabajando.
En caso de no llegar a 15 años de cotización, el porcentaje será de un 50%.
Por último, al resultado obtenido debemos aplicarle el porcentaje dependiendo del grado de incapacidad. En este caso será de un 55%. La cifra obtenida será la pensión que se recibirá mensualmente. Esta cifra se podrá ver incrementada en un 20% adicional si se considera que es una incapacidad permanente temporal cualificada.
Por accidente no laboral
En los casos de accidente no laboral, el cálculo de la base reguladora se realiza del siguiente modo:
En primer lugar, se dividirá entre 28 la suma de las bases de cotización durante un período ininterrumpido de 24 meses.
Estas bases se eligen por el beneficiario dentro de los últimos 7 años inmediatamente anteriores, pero deberán ser de manera ininterrumpida.
En el supuesto en el que, a la fecha del inicio de la incapacidad, el trabajador no tiene completado el período de 24 mensualidades ininterrumpidas de cotización, la base reguladora se obtendrá usando la fórmula más beneficiosa entre las siguientes:
- Dividir entre 28 la suma de un periodo ininterrumpido de 24 meses, aunque no se haya cotizado en todos ellos
- Dividir entre 28 la suma de las bases mínimas de cotización vigentes en los 24 meses inmediatamente anteriores al inicio de la incapacidad, tomando como referencia la cuantía correspondiente a la última jornada laboral.
Por accidente laboral o enfermedad profesional
En los casos de accidente laboral o enfermedad profesional realizaremos los siguientes cálculos para hallar la base reguladora:
Tenemos que dividir entre 12 la suma de estos conceptos:
- Sueldo y antigüedad diarios en la fecha en la fecha del accidente o de la baja por enfermedad, multiplicados por 365 días.
- Las pagas extraordinarias, los beneficios o las participaciones, multiplicados por su importe total en el año anterior al que se produjo el accidente o baja.
- El resultado de dividir los pluses, retribuciones complementarias y horas extraordinarias percibidas en el año anterior al accidente, entre el número de días efectivamente trabajados en dicho período. Después, este resultado hay que multiplicarlo por 273.
En caso de que el número de días laborales efectivos en la actividad laboral sea menor, se multiplicará por los días exactos.
Existen tres excepciones:
- En los contratos a tiempo parcial o de relevo, el salario diario será el resultado de dividir entre 7 el salario semanal o entre 30 el mensual para cada uno de esos períodos de tiempo.
- En un contrato fijo-discontinuo, el sueldo diario será el de los días naturales de campaña transcurridos hasta la fecha del inicio del accidente o incapacidad, percibidos durante el mismo período.
- Por otra parte, si hay pluriactividad y se ha cotizado en varios regímenes sin causar derecho a pensión en alguno de ellos, las bases de cotización de ese régimen podrán ser acumuladas a las del que sí cause derecho. Únicamente para determinar la base reguladora, sin que la suma de las bases pueda exceder del límite máximo de cotización vigente en cada momento.
– Incapacidad permanente absoluta
El importe de las mensualidades de la prestación será del 100% de la base reguladora.
Para el cálculo de esta prestación debemos analizar el supuesto que ha llevado a esta incapacidad.
En casos de enfermedad común
Para poder acceder a la prestación por incapacidad permanente absoluta se deben reunir los siguientes requisitos:
– Menores de 31 años
Debe haber cotizado un tercio del tiempo transcurrido entre su edad y los 16 años.
Por ejemplo, un trabajador de 25. Restamos 25 a 16 (9 años) y el resultado lo dividimos entre 3 (3 años). Por lo tanto, necesitará una cotización de 3 años para poder acceder a la prestación.
– Mayores de 31 años
Debe haber cotizado una cuarta parte de tiempo transcurrido entre su edad y los 20 años, con un mínimo de 5 años. Además, una quinta parte de este período ha debido ser cotizado en los últimos 10 años.
Tomando como ejemplo un trabajador de 32 años. Restamos 32 a 20 (12 años) y el resultado lo dividimos entre 4 (3 años). Al ser 3 inferior a 5, este trabajador deberá haber cotizado un mínimo de 5 años y al menos un año dentro de los últimos 10.
En el caso de querer acceder a la prestación por incapacidad permanente absoluta desde una situación de no alta, deberá demostrar una cotización de 15 años, habiendo sido 3 dentro de los últimos 10 años.
Para el cálculo de la base reguladora:
En primer lugar, debemos sumar las bases de cotización de los últimos 96 meses (8 años) inmediatamente anteriores al inicio de la incapacidad y dividir esta cantidad entre 112.
A continuación, debemos actualizar todas las bases de cotización según el IPC, excepto las últimas 24 bases, que no será necesario actualizarlas. Para realizar este paso, es muy útil la siguiente herramienta del INE.
Al resultado obtenido se le aplica el porcentaje que corresponda según los años cotizados usando la escala para la pensión de jubilación. Para ello añadimos los años que se hubiesen cotizado hasta la fecha de jubilación en el supuesto de que este hubiese seguido trabajando.
En caso de no llegar a 15 años de cotización, el porcentaje será de un 50%.
Por accidente no laboral y situación de alta
En los casos de accidente no laboral, el cálculo de la base reguladora se hará del siguiente modo:
En primer lugar, se dividirá entre 28 la suma de las bases de cotización durante un período ininterrumpido de 24 meses.
Estas bases se eligen por el beneficiario dentro de los últimos 7 años inmediatamente anteriores, pero deberán ser de manera ininterrumpida.
En el supuesto en el que, a la fecha del inicio de la incapacidad, el trabajador no tiene completado el período de 24 mensualidades ininterrumpidas de cotización, la base reguladora se obtendrá usando la fórmula más beneficiosa entre las siguientes:
- Dividir entre 28 la suma de un periodo ininterrumpido de 24 meses, aunque no se haya cotizado en todos ellos
- Dividir entre 28 la suma de las bases mínimas de cotización vigentes en los 24 meses inmediatamente anteriores al inicio de la incapacidad, tomando como referencia la cuantía correspondiente a la última jornada laboral.
Por accidente laboral o enfermedad profesional
En los casos de accidente laboral o enfermedad profesional realizaremos los siguientes cálculos para hallar la base reguladora:
Tenemos que dividir entre 12 la suma de estos conceptos:
- Sueldo y antigüedad diarios en la fecha en la fecha del accidente o de la baja por enfermedad, multiplicados por 365 días.
- Las pagas extraordinarias, los beneficios o las participaciones, multiplicados por su importe total en el año anterior al que se produjo el accidente o baja.
- El resultado de dividir los pluses, retribuciones complementarias y horas extraordinarias percibidas en el año anterior al accidente, entre el número de días efectivamente trabajados en dicho período. Después, este resultado hay que multiplicarlo por 273.
En caso de que el número de días laborales efectivos en la actividad laboral sea menor, se multiplicará por los días exactos.
Se aplicará el 100% de la base reguladora si se cumplen todos los requisitos de cotización y además, puede tener derecho a un complemento de entre el 30 y el 50% a cargo del empresario (recargo de prestaciones).
En el caso de tener 65 años y no poder acceder a pensión de jubilación, el porcentaje será el 50% sobre la misma.
– Incapacidad permanente gran invalidez
En los supuestos de incapacidad permanente por gran invalidez, lo que calcularemos será un complemento, es decir, es una cantidad adicional a la prestación por incapacidad absoluta. Por tanto, primero tenemos que calcular la prestación por incapacidad absoluta y sumarle la cantidad correspondiente por gran invalidez. Para este último cálculo debemos:
- sumar el 45% de la base mínima de cotización que hubiese vigente en el momento de la incapacidad
- sumar el 30% de la última base de cotización del trabajador.
Este complemento está destinado a remunerar a la persona que cuida al pensionista en sus actividades diarias al no poder realizar de forma autónoma.
Base reguladora para prestación por desempleo
Para el cálculo de la base reguladora se tiene en cuenta la suma de las bases de cotización de los últimos 180 días sin tener en cuenta las horas extraordinarias.
Para ello, la Seguridad Social tiene en cuenta los días naturales de cada mes (31 días en enero, 28 o 29 días en febrero, etc.).
La prestación por desempleo de los trabajadores será del 70% de la base reguladora.
A partir del día 181, la mensualidad se reduce y será solo un 50% de la base reguladora.
Base reguladora para prestación en el caso de ser autónomo
Para el cálculo de la base reguladora de los autónomos, se aplica la misma normativa que para cualquier otro trabajador. El porcentaje aplicado dependerá del tipo de prestación: jubilación, desempleo, incapacidad, etc.
Base reguladora para prestación por permiso de maternidad
Para el cálculo de la base reguladora en la prestación de maternidad se sigue la misma pauta que en la incapacidad temporal debido a contingencias comunes.
La base reguladora, será, por tanto, el resultado de dividir la base de cotización del último mes por los días cotizados en dicho mes.
Se cobrará el 60% de la base reguladora desde el día 4º al 20 incluido y el 75% a partir del día 21.
Base reguladora para prestación por permiso de paternidad
Para calcular la base reguladora para la prestación por permiso de paternidad, se aplican las mismas cifras que para el permiso de maternidad, visto anteriormente:
60% de base reguladora desde el día 4 al día 20, y un 75% desde el día 21 en adelante.
Preguntas frecuentes
Tal y como puedes ver, calcular la base reguladora es fundamental para saber cuál será el importe total de nuestra prestación. Te recomendamos que compruebes bien los datos necesarios para calcular dicho importe y, también, que te asegures de que estás realizando bien las cuentas correspondientes.