A la hora de terminar una relación laboral entre una empresa y un trabajador, ya sea por baja voluntaria o porque la empresa te despida, uno de los conceptos a calcular es el llamado finiquito. En algunas ocasiones, el cálculo del mismo se realiza de forma incorrecta.
En este artículo, te indicamos cómo calcular el finiquito por baja voluntaria de forma correcta, para que así sepas cuál es el finiquito que te corresponde.
¿Qué es el finiquito?
Antes de empezar a hablar sobre cómo calcular el finiquito por baja voluntaria, tenemos que saber qué es el finiquito.
El finiquito es un documento mediante el cual una empresa da por finalizada la relación laboral que existe entre ésta y un trabajador. En el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores vienen indicadas todas las causas que motivan esta finalización contractual. Entre ellas podemos mencionar el mutuo acuerdo, por despido, por dimisión del trabajador o por jubilación.
Devengos
En el Estatuto de los Trabajadores se indican qué conceptos, también llamados devengos, abonará la empresa al empleado para poner fin a la relación laboral que hayan mantenido. Los más frecuentes son:
- Los días de sueldo no abonados a fecha de la finalización del contrato.
- La parte proporcional de las pagas extras, en caso de que estas no estuvieran prorrateadas.
- El sueldo diario multiplicado por el número de días de vacaciones que el trabajador haya generado y que no haya disfrutado.
- Si el despido fuese motivado por la empresa, el sueldo diario multiplicado por el número de días que no se hayan cumplido de preaviso.
- La posible indemnización por despido, en caso de que el despido sea procedente, improcedente, disciplinario…
Posibles deducciones
Además de los devengos, en el finiquito se indicarán las deducciones que enumeramos a continuación:
- Los posibles anticipos que el trabajador haya recibido.
- El IRPF y el resto de deducciones fiscales.
- De la misma forma que el empresario debe pagar los días de preaviso que no se hayan cumplido, el trabajador, en caso de que finalice la relación laboral por baja voluntaria en la empresa, también verá descontados el salario diario por el mismo concepto si no se cumpliera dicho preaviso.
Cabe destacar que la manera en la que se calcula el finiquito depende del motivo de la finalización del contrato entre la empresa y el trabajador. Así que, por ejemplo, el cálculo del finiquito por baja voluntaria se realiza de forma diferente al cálculo del finiquito por fin de contrato.
¿Cuál es mi finiquito por baja voluntaria?
Como hemos indicado anteriormente, los conceptos que se han de finiquitar cuando es el trabajador el que solicita la baja voluntaria de la empresa son:
Días trabajados y no percibidos
Empecemos por el salario base a percibir. Para calcularlo, dividiremos el salario bruto anual entre 14 (12 meses + 2 pagas extras), y el resultado lo dividiremos entre 30 días. El resultado de esta operación lo multiplicaremos por el número de días naturales transcurridos desde el día siguiente al percibido en la última nómina hasta el día en que se causa baja.
Pagas extras hasta el último día de trabajo
Para el cálculo del salario debido en concepto de pagas extras, tenemos que distinguir entre los siguientes tres casos:
– Si tenemos pagas extras prorrateadas
Si nuestras vacaciones están prorrateadas, primero tenemos que multiplicar el nº de días trabajados no devengados por el resultado de dividir nuestro sueldo diario entre 12. Finalmente multiplicaremos la cifra resultante por 2 (prorrateo de 2 pagas extras en 12 meses).
– Cuando las pagas extra son de devengo anual
En este caso, se tendrán que recibir dos conceptos por paga extra:
- La primera se calcularía contando el número de días transcurridos desde el 1 de julio del presente año en caso de que este día haya pasado (o del 1 de julio del año anterior en caso contrario) hasta el día en que se causa baja, multiplicado por el bruto anual dividido entre 360. En caso de que el trabajador empezara a trabajar después de la fecha indicada, se empezará a contar desde el día que el trabajador fue contratado.
- La segunda se calcularía contando el número de días transcurridos desde el 1 de enero de ese año hasta el día en que se causa baja, multiplicado por la cifra calculada en el punto anterior. Si el trabajador empezó a trabajar después del 1 de enero, el cómputo de días empezará desde el día que el trabajador fue contratado.
– En caso de que las pagas extra sean de devengo semestral
Para realizar el cálculo, en este caso contaremos el número de días transcurridos desde el 1 de enero, si estamos en el primer semestre del año, o desde el 1 de julio, si nos encontramos en el segundo semestre del año, hasta el día en que se causa baja, y lo multiplicaremos por el salario diario correspondiente de esa paga extra, es decir, salario bruto / 180 días.
Días de vacaciones no disfrutados
En cuanto al cálculo del salario debido en vacaciones no disfrutadas, para saber cuántos días hemos generado de vacaciones, se calcula aplicando una regla de tres, es decir, si en convenio tenemos x dias para 365 días que tiene un año, habremos generado y dias desde el 1 de enero hasta el día que se causa baja. Es decir, el número de días de vacaciones generados será el resultado de multiplicar el número de días estipulados en convenio colectivo por el número de días transcurridos desde el 1 de enero hasta el día que se causa baja, dividido entre 365. Normalmente este resultado se suele redondear, y no truncar. Al mismo habrá que restar el número de días de vacaciones disfrutadas.
Una vez sepamos el número de días de vacaciones que nos debe la empresa, tendremos que realizar el cálculo dinerario multiplicando esos días no disfrutados por el sueldo diario que corresponda, según si las vacaciones son por días laborales, o si son por días naturales.
– Se estipulan según días laborales
Si el cálculo de las vacaciones se realiza por días laborales, podremos calcular cuál es el salario de un día laboral dividiendo el sueldo bruto anual por el número máximo de horas laborales anuales establecidas en el convenio colectivo de aplicación (1826 horas según el Estatuto de los Trabajadores), multiplicados por el número de horas de una jornada laboral (40 horas semanales según el ET, en caso de que se trabaje de lunes a viernes, 8 horas diarias)
– Se calculan según días naturales
Si el cálculo de las vacaciones se realiza por días naturales, el sueldo diario será natural, es decir, la misma operación ya comentada de dividir el sueldo bruto anual entre 360 días.
En caso de que sea el trabajador el que deba días de vacaciones a la empresa, ésta podrá deducir del finiquito por baja voluntaria el montante resultante de estos mismos cálculos.
Ejemplo cálculo de finiquito por baja voluntaria
¿No te ha quedado demasiado claro cómo calcularlo? No te preocupes, te dejamos el siguiente ejemplo bien detallado:
Condiciones de contrato
Para calcular el finiquito por baja voluntaria, vamos a suponer las siguientes condiciones:
- En primer lugar, nuestro sueldo bruto anual es de 24.000 €.
- Las pagas extras las tenemos prorrateadas.
- Llevamos trabajando en la empresa desde antes del 1 de enero de este año.
- En nuestro convenio colectivo de aplicación tenemos estipulados 23 días laborables de vacaciones.
- La jornada laboral es de 8 horas diarias y en el convenio se estipula que el cómputo anual de horas máximas es de 1800 horas.
- Ya hemos disfrutado de 10 días de vacaciones.
- Por último, hemos solicitado la baja en la empresa para el 15 de septiembre con el preaviso indicado en el convenio colectivo.
Cuentas que hay que realizar para el cálculo del finiquito por baja voluntaria
Al ser una baja voluntaria, el cálculo del finiquito será la suma de los días trabajados en septiembre, más la suma del prorrateo de las pagas extra, más la suma de los días de vacaciones. Os mostramos a continuación cómo calcular el finiquito por baja voluntaria:
– Sueldo diario
El sueldo diario se calcula dividiendo por 420 (14 pagas x 30 días) el bruto anual, 57,14 € por día. Al haber trabajado 15 días de septiembre, el sueldo base que correspondería sería de 857,10 € (57,14 € / día * 15 días = 857,10 €)
– Pagas extra
En cuanto al prorrateo de las pagas extra, para calcular el correspondiente diario, habría que dividir entre 12 y multiplicar por 2 el sueldo diario (9,52 € / día). El total del prorrateo de las pagas extra sería de 142,80 € (9,52 € / día * 15 días = 142,80 €)
– Vacaciones
Para calcular el devengo por vacaciones, tendríamos que calcular cuántos días se han generado a día 15 de septiembre. Del día 1 de enero al 15 de septiembre en un año no bisiesto transcurren 258 días. Si para 365 días se generan 23 de vacaciones, para 258 días se han generado 16 (258 * 23 / 365). Al haber disfrutado de 10 días de vacaciones, la empresa nos debe 6 días laborales. Para calcular el precio por día laboral, dividiremos el sueldo bruto anual por las horas máximas anuales que se trabajan, multiplicando por el número de horas diarias. Para nuestro caso, 24000 / 1800 * 8 = 106,67€ por día laboral. La empresa nos debe devengar 640 € en concepto de vacaciones no disfrutadas (106,67€ * 6 días de vacaciones no disfrutadas).
– Preaviso
Al haber preavisado con sus correspondientes días de antelación, no existirá ninguna amonestación dineraria por parte de la empresa sobre nuestro finiquito.
Sumando los tres conceptos tenemos un total bruto de 1.639,90€. A esta cantidad, habría que descontar las deducciones fiscales típicas, como son el IRPF y las cotizaciones por contingencias comunes, por formación y por desempleo
Confiamos en que con este artículo hayamos aclarado todas las dudas que pudieras tener y que estuvieran relacionadas con cómo calcular el finiquito por baja voluntaria. Esperamos que si estás tramitando una baja voluntaria sea porque has encontrado un trabajo con mejores condiciones o porque vas a empezar a dedicarte a otra cosa que te llene más.