A la hora de preguntarnos cómo calcular el finiquito por despido, hay muchas cosas que se nos vienen a la cabeza: que si el salario pendiente del mes en curso, que si las vacaciones, que si las pagas extra… un caos, vamos.
Si bien, utilizar una calculadora para calcular el finiquito por despido es algo habitual, es mucho más preciso realizar los cálculos por nosotros mismos. Así, las posibilidades de equivocarnos serán mínimas. Y lo mismo ocurre para calcular otros finiquitos, como por ejemplo el finiquito por baja voluntaria o el finiquito por fin de contrato.
Así que coge papel (reciclado, ¿eh?, que hay que cuidar el planeta😊) y lápiz, puesto que en este artículo te indicamos, punto por punto, cómo calcular el finiquito por despido sin morir en el intento.
¿Qué es el finiquito por despido?
Cuando un trabajador finaliza una relación laboral con una empresa, hay que tener presente lo siguiente: A dicho trabajador siempre le corresponderá un finiquito, sin importar cómo haya finalizado dicha relación laboral.
En el finiquito por despido se detalla la deuda que la empresa tiene con el trabajador en el momento del cese de la relación laboral, esto es, una liquidación de lo que se adeuda en ese momento. El finiquito es un derecho que tiene cualquier trabajador, sin importar las causas que han llevado a la finalización de la relación laboral, en el caso que nos ocupa, un despido.
En el caso de un finiquito por despido, debemos insistir en que la empresa está obligada a pagarlo. Incluso cuando se trata de un despido disciplinario, o por causas objetivas. En estos casos, no tendrán derecho a indemnización, pero sí a finiquito.
Por tanto, un finiquito y una indemnización son conceptos diferentes y que muy frecuentemente se confunden.
En resumen: el finiquito es aquella liquidación que se adeuda al trabajador en el momento del fin de la relación laboral e indemnización, compensaciones que se abonan al trabajador cuando ocurre un despido.
Cómo calcular el finiquito por despido
Aunque con este artículo vamos a calcular el finiquito paso a paso, primer tenemos que tener claro los conceptos que hay que incluir en él. Para calcular el finiquito por despido, dichos conceptos son los siguientes:
– Salario del último período trabajado
El primer concepto que se incluirá en el finiquito por despido es el correspondiente a los días del último período trabajado y no cobrados. Es decir, aquellas cantidades que no se han percibido durante los días que se han trabajado en el período en que finaliza la relación laboral.
Por ejemplo, podemos decir que, si el despido se produce un día 15 de marzo, al trabajador se le incluirá en el finiquito el salario correspondiente al período desde el día 1 al día 15 de marzo. En el finiquito por despido se incluirá el salario del último período trabajado, contando todos y cada uno de los días trabajados en el mes en el que sucede el despido y que, por consiguiente, aún no se han cobrado.
Para calcular este concepto debemos hallar el salario diario y multiplicarlo por el número de días que se han trabajado. Para ello, dividiremos el sueldo bruto anual entre 14, es decir, las doce nóminas mensuales y las 2 pagas extra. El resultado lo dividimos entre 30. Este será el salario diario.
Este salario diario debemos multiplicarlo por el número de días naturales que transcurren desde el último día en que se recibió la última nómina hasta el día que se produce el despido.
– Parte proporcional de las pagas extraordinarias
Tras calcular el salario por los días trabajados, es el turno del segundo concepto a incluir en el finiquito por despido, la parte proporcional de las pagas extra.
Para ello debemos considerar si las pagas extraordinarias son prorrateadas, de devengo anual o semestral:
Pagas extra prorrateadas
En el caso de tener las pagas extra prorrateadas el cálculo se realizará de la manera que señalamos a continuación:
En primer lugar, dividiremos el salario diario entre 12 y lo multiplicaremos por 2, que es el número de pagas extra. El resultado lo multiplicaremos por el número de días trabajados. De esta manera, tendríamos el importe de pagas extra que corresponde al trabajador.
Pagas extraordinarias con devengo anual
En el caso de tener las pagas extra de devengo anual, recibiríamos dos cantidades de pagas extra. La primera correspondiente al período desde el 1 de julio a la fecha del despido y una segunda por el tiempo que va desde el 1 de enero a la fecha del despido.
– Período desde el 1 de julio hasta la fecha del despido
En primer lugar, vamos a calcular los días que han pasado desde el 1 de julio hasta la fecha del despido. Si a la fecha en que se causa baja, el 1 de julio todavía no ha pasado, entonces se contarán los días desde el 1 de julio del año anterior.
En el supuesto de que el trabajador haya causado alta en la empresa en una fecha posterior al 1 de julio, se contará desde la fecha de inicio del contrato.
Una vez hemos contado los días que han transcurrido en el período de cálculo, debemos multiplicarlo por el importe de la paga extra dividida entre 360. Al final de este artículo incluimos varios ejemplos para aclara cualquier duda.
– Período desde el 1 de enero hasta la fecha del despido
En este segundo paso, calcularemos los días que van desde el 1 de enero hasta la fecha del despido.
En el supuesto de que el trabajador haya causado alta en la empresa en una fecha posterior al 1 de enero, se contará desde la fecha de inicio del contrato.
Una vez hemos obtenido el número de días transcurridos en el período de cálculo lo multiplicaremos por el importe de la paga extra dividida entre 360.
La suma de ambas cantidades será el importe que se incluirá en el finiquito correspondiente a la parte proporcional de pagas extra, en el caso de que estas sean devengadas anualmente.
Pagas extraordinarias con devengo semestral
También puede darse el caso de que las pagas extraordinarias se devenguen semestralmente. Cuando el convenio colectivo indica que el devengo de las pagas extra es semestral significa que:
- el devengo de la paga extra de verano es de enero a junio
- el devengo de la paga extra de Navidad es de julio a diciembre
Para el cálculo de las pagas extra que se devengan mensualmente debemos tener en consideración el semestre en el que se produce el despido.
– Si la fecha del despido acontece en el primer semestre del año
En el supuesto de que la fecha del despido ocurre en el primer semestre del año, debemos contar el número de días que transcurren entre el 1 de enero y la fecha del despido. A este número de días debemos multiplicar el importe de la paga extra dividido entre 180.
Debemos tener en cuenta que si el trabajador inició su relación laboral con la empresa en una fecha posterior al 1 de enero, para calcular el número de días hasta la fecha del despido tendremos como referencia la fecha de alta. Es decir, los días que van entre la fecha de alta y la fecha del despido.
– Si la fecha de despido ocurre en el segundo semestre del año
En el caso de encontrarnos en el segundo semestre del año, calcularemos el número de días que transcurren entre el 1 de julio y la fecha del despido. A esa cantidad le multiplicaremos el importe de la paga extra dividida entre 180.
En el supuesto de que el trabajador comenzase su relación laboral con la empresa en una fecha posterior al 1 de julio, se empezará a contar el número de días desde la fecha de alta en la empresa.
– Vacaciones devengadas y no disfrutadas
Otro apartado que debemos tener en cuenta a la hora de calcular el finiquito son las vacaciones que ya se han devengado pero no se han disfrutado.
Para el cálculo de las vacaciones debemos contar los días que transcurren desde el 1 de enero del año en curso hasta la fecha del despido.
A este importe le multiplicaremos el número de días de vacaciones por año. Por lo general, suelen ser 30. El resultado obtenido lo dividiremos entre 365. En el caso de haber disfrutado de algunos días de vacaciones, se los restaremos a la cantidad calculada anteriormente.
Ahora que ya hemos calculado el número de días de vacaciones no disfrutadas y ya devengadas, debemos hallar el valor monetario para saber qué importe se deberá incluir en el finiquito.
Dependiendo de si las vacaciones se computan por días laborables o naturales, tendremos dos modos de valorar las vacaciones no disfrutadas.
Si se computan las vacaciones por días laborables
En el supuesto de que las vacaciones se computan por días laborables, el cálculo del salario de un día laborable se realizará muy fácilmente.
Para ello, dividiremos el salario bruto anual entre el número máximo de horas anuales que vienen reflejadas en el convenio colectivo correspondiente.
El resultado lo multiplicaremos por el número de horas de un día laborable. A esta cantidad le multiplicaremos el número de vacaciones no disfrutadas.
Si se computan las vacaciones por días naturales
Si para el cómputo de las vacaciones se utilizan días naturales, el cálculo a realizar será el siguiente:
Debemos multiplicar el salario diario por el número de días de vacaciones no disfrutadas. Así hallaremos el importe que debemos incluir en el finiquito por la parte correspondiente a vacaciones no disfrutadas.
– Otros conceptos
Ya hemos visto tres conceptos que se deben incluir en el finiquito: salario del último período, parte proporcional de las pagas extra y vacaciones no disfrutadas. Además, hay que tener en cuenta otros conceptos que también se deben añadir. Este es el caso de, por ejemplo, las horas extra no abonadas, primas por productividad no pagadas o pluses que no se han recibido a la fecha del despido.
A pesar de que hemos detallado punto por punto todas los cálculos para hallar la cantidad que aparecerá en el finiquito, creemos que viendo un ejemplo detallado, se podrá entender de una manera sencilla.
Cálculo de finiquito por despido – Ejemplo 1
Condiciones
Para el primer ejemplo, vamos a suponer una serie de condiciones para calcular el finiquito por despido. Son las indicadas a continuación:
El sueldo bruto anual de Juan es de 40.000 € y su empresa le paga 2 pagas extra prorrateadas mensualmente. La relación laboral con la empresa comenzó el 01/01/2021. El convenio colectivo de aplicación estipula 22 días laborables de vacaciones, 1.910 horas máximas anuales y 8 horas diarias de trabajo. Hasta la fecha del despido no ha disfrutado de ningún día de vacaciones. El día 20/04/2021 finaliza la relación laboral con la empresa por despido. Juan quiere saber la cantidad que le corresponderá como finiquito.
Cálculo
El cálculo del finiquito incluirá la suma del salario de los 20 días que ha trabajado en abril además del prorrateo de pagas extra que le corresponde y los días de vacaciones que no ha disfrutado. Vamos a detallar paso a paso cada uno de los cálculos:
– Salario del último período trabajado
En primer lugar, vamos a calcular el salario diario. Para ello, dividimos el sueldo bruto anual entre 14 y ese resultado lo dividimos entre 30. Ese sará el sueldo diario.
Sueldo bruto anual: 40.000 €.
Días trabajados en el último período: 20 días.
En nuestro ejemplo:
Juan tiene un sueldo de 95,24 € al día. Ahora vamos a calcular lo que le corresponde por haber trabajado 20 días en el mes de abril.
Multiplicaremos los 20 días trabajados en el mes de abril por el sueldo diario, es decir, los 95,24 €.
En el finiquito, Juan encontrará en concepto de salario 1.904,80 €
– Parte proporcional de las pagas extraordinarias
Para el cálculo de las pagas extra disponemos de los siguientes datos:
Dos pagas extra prorrogadas mensualmente
Para su cálculo usaremos la siguiente fórmula:
Usaremos el salario diario que calculamos en el punto anterior y lo dividimos entre 12. A este resultado lo multiplicamos por 2 (número de pagas extra). Y finalmente, a esta cantidad le multiplicamos el número de días que ha trabajado, 20 en nuestro ejemplo.
Juan tendrá en su finiquito 317,47 € en concepto de prorrateo de pagas extraordinarias.
– Vacaciones devengadas y no disfrutadas
Por último, para calcular la parte correspondientes a las vacaciones no disfrutadas pero devengadas, debemos calcular el número de días de vacaciones que ha generado. Tenemos los siguientes datos en nuestro ejemplo:
22 días laborables de vacacione, de los que no ha disfrutado ningún día
Máximo de 1.910 horas anuales por convenio. Jornada de trabajo de 8 horas
Para este cálculo debemos contar el número de días que transcurren desde el 1 de enero hasta la fecha en que se produce el despido. En nuestro ejemplo, el período de tiempo es desde el 1 de enero hasta el 20 de abril. Emplearemos la siguiente fórmula:
Con los datos aportados, multiplicaremos el número de vacaciones anuales por los días que han transcurrido desde el 1 de enero. Esta cifra la dividimos entre 365 y le restamos los días que ya haya disfrutado.
Juan ha generado 7 días de vacaciones.
Ahora debemos valorar monetariamente esos 7 días de vacaciones. Como el ejemplo nos indica que según convenio disponen de 22 días laborables de vacaciones, utilizaremos la siguiente fórmula:
En nuestro ejemplo, sería dividir el salario bruto anual entre el número de horas máximas anuales. El resultado se multiplicará por el número de horas diarias y el número de días de vacaciones que ha generado.
Por tanto, en el finiquito tendrá por concepto de vacaciones no disfrutadas 1.172,78 €.
Finalmente, sólo queda sumar todos los cálculos que hemos hecho para conocer el finiquito total de Juan:
El finiquito de Juan asciende a un total de 3.395,05 €
Con este detallado ejemplo ya sabemos cómo calcular el finiquito por despido. Pero, vamos a ver otro ejemplo, para que quede todavía más claro.
Calcular finiquito por despido – Ejemplo 2
Vamos a mostrar otro ejemplo con condiciones diferentes para saber cómo calcular el finiquito por despido.
Condiciones
Supongamos las siguientes condiciones en nuestro ejemplo para calcular el finiquito por despido:
Luis tiene un sueldo bruto anual de 24.000 € y la empresa le paga 2 pagas extra, una en junio y otra en diciembre que son de devengo anual. Comenzó su relación laboral con la empresa el 01/03/2020. Por convenio tiene 30 días naturales de vacaciones y ya ha disfrutado de tres días. El día 05/09/2020 la empresa le despidió. ¿Cuál fue el importe del finiquito de Luis?
Cálculo
Para calcular el finiquito por despido tenemos que tener en cuenta que en septiembre ha trabajado 5 días. Además le corresponde la parte proporcional de pagas extra y los días de vacaciones no disfrutados. Todos estos conceptos se incluirán en el finiquito de Luis.
– Salario del último período
Primeramente, debemos calcular el salario diario. Para este cálculo, debemos dividir el sueldo bruto anual entre 14 y al resultado lo dividiremos entre 30. Ese será el salario diario.
Sueldo bruto: 24.000 €.
Días trabajados en el último período: 5 días.
En nuestro ejemplo:
El sueldo diario de Luis asciende a 57,14 €. Ahora debemos calcular monetariamente los 5 días que ha trabajado en septiembre.
Multiplicaremos los 5 días trabajados en septiembre por los 57,14 € que es el salario diario.
En el finiquito, Luis tendrá 285,70 € en concepto de salario.
– Parte proporcional de las pagas extra
Para el cálculo de las pagas extra disponemos de los siguientes datos:
Dos pagas extra en junio y diciembre de devengo anual. 1.714 € cada una
Para el cálculo de las pagas extra, debemos tener en cuenta que el supuesto nos indica que se devengan de forma anual. Para hallar este importe debemos calcular dos importes, los correspondientes a cada una de las dos pagas extra. Vamos a hacerlo en dos pasos:
Período desde el 1 de julio hasta fecha del despido
En primer lugar, debemos contar los días que transcurren entre el día 1 de julio y el día del despido. En el ejemplo, serían los días que van desde el 1 de julio al 5 de septiembre. Esta cantidad la multiplicaremos por el resultado de dividir el importe de la paga extra de julio entre 360.
Período desde el 1 de enero hasta la fecha de despido
Para el cálculo de la parte de la paga extra de diciembre, debemos contar el número de días que transcurren entre el 1 de enero hasta el día del despido. En nuestro ejemplo, tendremos en cuenta el 1 de marzo, que es la fecha en la que se inicia la relación laboral con la empresa.
El número de días entre el 1 de marzo y el 5 de septiembre son 188. Dividiremos el importe de la paga extra entre 360 y multiplicaremos por 188:
Por último, sumamos las dos cantidades y obtendremos el importe que encontrará Luis en su finiquito por el concepto de pagas extraordinarias. ( 314,23 + 895,09 = 1.209,32 €)
– Vacaciones devengadas y no disfrutadas
Vamos a calcular el tercer concepto que se incluirá en el finiquito de Luis. Vamos a hallar y valorar las vacaciones no disfrutadas. En primer lugar, vamos a calcular el número de días de vacaciones que se han devengado. Tenemos los siguientes datos en nuestro ejemplo:
Según el convenio colectivo, Luis tiene 30 días naturales de vacaciones. Ya ha disfrutado tres.
La fórmula para hallar el número de días de vacaciones, será multiplicar los días transcurridos desde el 1 de enero por el número de días de vacaciones por convenio. En nuestro ejemplo, Luis es alta en la empresa el 1 de marzo, por lo que hallaremos los días desde el 1 de marzo al 5 de septiembre. Esa cifra la dividimos entre 365 y le restamos los días ya disfrutados.
Por tanto, multiplicaremos 30 (días naturales de vacaciones) por 188 (días que van desde el 1 de marzo al 5 de septiembre). Dividimos entre 365 y restamos los dos días que ya ha disfrutado.
En total, Luis ha generado 13 días de vacaciones. Ahora debemos valorar monetariamente esos 13 días para calcular la cantidad que se incluirá en el finiquito de Luis por vacaciones no disfrutadas.
Para ello, emplearemos la siguiente fórmula:
En nuestro ejemplo, multiplicaremos el sueldo diario por el número de días de vacaciones que ha generado.
Luis tendrá en su finiquito 742,82 € en concepto de vacaciones no disfrutadas.
Para finalizar, una vez que ya hemos hechos todos los cálculos, sumaremos todas las cantidades. Así obtendremos la suma total del finiquito de Luis.
El finiquito de Luis ascendió a un total de 2.237,84 €
Preguntas frecuentes
Ahora ya sabemos, por tanto, cómo calcular el finiquito por despido.